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D. Fernando VII, por la gracia de Dios, y por la Constitucion de la Monarquía Española ,
Rey de las Españas, y en su ausencia y cautividad la Regencia del Reyno
nombrada por las Córtes generales y extraordinarias, á todos los que las
presentes vieren y entendieren, sabed: Que las Córtes han decretado lo siguiente:
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Las Córtes generales y extraordinarias, deseando premiar del modo que lo
permiten las circunstancias de la
Nacion los importantes servicios hechos por la Villa de Cazorla en la
presente guerra, y el admirable y singular entusiasmo de sus benemeritos
habitantes, que constantemente han despreciado la perdida y ruina de sus
bienes, el incendio de sus hogares, y aun su propia existencia, por no rendirse
á el yugo opresor de los enemigos; han tenido á bien decretar lo siguiente: La Villa de Cazorla tendrá en
adelante el título de Ciudad con la distinción de Muy Noble y Leal,
dispensandole al mismo tiempo la honra de que en su plaza mayor, ó en el parage
que sea mas á proposito, se erija un sencillo monumento que transmita hasta las
últimas generaciones la constancia, lealtad y valor de aquel pueblo. = Lo
tendrá entendido la Regencia
del Reyno para su cumplimiento, haciendolo imprimir, publicar y circular. =
Francisco Calello, Presidente. = José María Couto, Diputado Secretario. = José
Domingo Rus, Diputado Secretario. = Dado en Cádiz á I.º de Abril de 1813. = A la Regencia del Reyno.
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Por tanto mandamos á todos los Tribunales, Justicias, Gefes, Gobernadores
y demas autoridades, así civiles como militares y eclesiásticas, de qualquier
clase y dignidad, que guarden y hagan guardar, cumplir y executar el presente
decreto en todas sus partes. = Tendreislo entendido para su cumplimiento, y
dispondréis se imprima, publique y circule. = L. de Borbon, Cardenal de Scala,
Arzobispo de Toledo, Presidente. = Pedro de Agar. = Gabriel Ciscar. En Cádiz á
2 de Abril de 1813. = A D. Juan Alvarez Guerra.”
Y
en consecuencia de lo que de órden de S.A. se me encarga por la misma
Secretaría de la
Gobernacion con fecha de 10 de este mes lo traslado á VV.
para su inteligencia y efectos convenientes: y del recibo me darán su aviso.
Dios
guarde á VV. muchos años. Sevilla, 16 de Abril de 1813.
Luis Maria
Salazar.
Sres. del Ayuntamiento constitucional de Cazorla